
Arturo Sáez
Socio del despacho. Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid en 1987 y Máster en Tributación y Asesoría Fiscal por el Centro de Estudios Financieros.
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Concesiones portuarias en Andalucía
Puerto Banús, Sotogrande, Estepona o Almerimar son puertos de la Junta de Andalucía y se rigen por la Ley 21/2007. Málaga, Almería, Motril, Cádiz, Algeciras, Huelva y Sevilla son puertos del Estado. Plazo, prórroga y concurso cambian según el caso.
Conoce el plazo real de tu concesiónPrimera consulta sin compromiso.
En Andalucía conviven dos regímenes. Siete Autoridades Portuarias gestionan los puertos de interés general del Estado y aplican el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante. La Agencia Pública de Puertos de Andalucía (APPA) gestiona los puertos de la Junta con la Ley 21/2007, reformada en 2020.
Una marina dentro del puerto de Málaga y el puerto deportivo de Benalmádena están a pocos kilómetros y tienen reglas distintas de plazo, prórroga y adjudicación. Por eso lo primero que revisamos es quién es el titular del puerto en el que está tu concesión.
Huelva, Sevilla, Cádiz, Algeciras, Tarifa, Málaga, Motril y Almería. Concesiones de hasta 50 años, con una prórroga excepcional hasta 75 en concesiones de interés estratégico o relevante.
Puertos deportivos y pesqueros de la APPA, gestionados de forma directa o en concesión. Hasta 50 años con prórrogas incluidas y hasta 75 de forma excepcional en concesiones de interés estratégico o relevante.
La APPA adjudica por concurso la gestión de puertos deportivos completos a cambio de compromisos de inversión. En 2026 ha convocado los concursos de Estepona y Almerimar y ha anunciado la adjudicación de La Bajadilla.
Las dos leyes comparten el techo de 50 años y la vía excepcional de 75. Cambian el requisito de la prórroga por inversión y quién la resuelve.
| Cuestión | Autoridades Portuarias | Agencia Pública de Puertos de Andalucía |
|---|---|---|
| Norma | TRLPEMM (Real Decreto Legislativo 2/2011) | Ley 21/2007, reformada por la Ley 2/2020 |
| Plazo máximo | 50 años (art. 82.1) | 50 años con prórrogas (art. 24) |
| Prórroga no prevista en el título | Inversión de más del 20 % del valor actualizado de la inversión inicial (art. 82.2.b) | Solo en puertos deportivos de interés estratégico o relevante, con inversión o aportación de más del 20 % del valor actualizado de las instalaciones (art. 24) |
| Vía hasta 75 años | Interés estratégico o relevante, inversión o contribución de más del 50 % del valor actualizado de la inversión inicial e informe vinculante de Puertos del Estado (art. 82.2.c) | Excepcional, en concesiones de interés estratégico o relevante (art. 24.5) |
| Quién resuelve la prórroga | La Autoridad Portuaria | La Consejería competente, previo informe de la APPA |
En los puertos de la Junta la prórroga excepcional no puede superar el plazo inicial y exige que haya transcurrido al menos un tercio de él. La inversión se ejecuta en cuatro años desde la resolución, o en seis si el concesionario es un club náutico u otra entidad deportiva sin ánimo de lucro.
Si tu título no prevé prórroga, la vía pasa por que el puerto se califique de interés estratégico o relevante. Calificar bien la concesión es el primer paso de cualquier expediente.
Desde el 20 de noviembre de 2020 la concesión solo se prorroga en dos casos. El primero es que el título prevea la prórroga. El segundo, que el puerto deportivo sea de interés estratégico o relevante y el concesionario comprometa una inversión o aportación superior al 20 % del valor actualizado de las instalaciones.
| Vía de prórroga | Requisito | Límite |
|---|---|---|
| Prevista en el título | Que el título la prevea (o el supuesto del art. 27.2.d) | Las prórrogas suman como máximo la mitad del plazo inicial y el total no pasa de 50 años |
| Excepcional de puertos deportivos | Interés estratégico o relevante, razones de interés público e inversión o aportación de más del 20 % | No supera el plazo inicial. Total de 50 años, o de 75 de forma excepcional |
La solicitud se presenta antes del inicio del penúltimo año de la concesión, y el concesionario tiene que estar al corriente de sus obligaciones. Exige estudios técnicos y económicos, cuentas auditadas de los tres últimos ejercicios, dictamen de una auditoría técnica externa e independiente y certificados tributarios y de Seguridad Social. Lo explicamos en nuestro análisis de la Ley de Puertos de Andalucía y la ampliación de plazos.
Si se otorgaron por más de 50 años, la transitoria séptima de la Ley 2/2020 las limita a 50 contados desde la entrada en vigor de la Ley 27/1992. Hoy pueden acogerse a las prórrogas del artículo 24 (transitoria novena).
El 20 % se mide sobre el valor actualizado de las instalaciones, no sobre su coste histórico. Se cubre con una nueva inversión, con una aportación económica o combinando las dos.
La Agencia Pública de Puertos de Andalucía tiene abierto el concurso del puerto de Almerimar, en El Ejido. Admite ofertas hasta las 13:00 del 16 de noviembre de 2026. La concesión es de 30 años con 10 millones de inversión mínima y puede llegar a 40 con inversión adicional.
Llega después del concurso de Estepona, que según la prensa recibió 11 ofertas, y de la adjudicación de La Bajadilla, en Marbella, que anunció la Junta en septiembre con más de 200 millones de inversión.
El pliego de Almerimar exige un patrimonio neto de al menos un millón de euros y experiencia en marinas de más de 250 atraques o 50.000 m² de agua. La garantía provisional es de 200.000 euros. Lo analizamos en detalle en el concurso del puerto de Almerimar.
Revisa tu oferta antes de presentarlaLos ocho primeros son puertos de interés general del Estado y se rigen por el TRLPEMM. Los puertos que siguen dependen de la Junta de Andalucía y de la Ley 21/2007. Hemos seguido el concurso de la marina de megayates del puerto de Málaga y el concurso de la marina del puerto de Motril, los dos en puertos del Estado.
Nuestro socio director, Arturo Sáez, es Secretario General de la Federación Española de Asociaciones de Puertos Deportivos y Turísticos y preside su Comisión de Puertos Deportivos de competencia estatal.
El equipo combina el departamento jurídico, especializado en concesiones administrativas y contratación pública, con el departamento fiscal, que trabaja la tributación específica del dominio público portuario.

Socio del despacho. Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid en 1987 y Máster en Tributación y Asesoría Fiscal por el Centro de Estudios Financieros.
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Responsable del departamento fiscal. Dilatada experiencia en asesoramiento fiscal y contable a empresas de todos los sectores, especialmente empresas familiares y holding.
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Director del departamento jurídico y especialista en concesiones administrativas, contratación pública y puertos deportivos. Más de 18 años de experiencia en la materia.
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Abogado especializado en derecho penal con más de 15 años de experiencia. Se encarga de la dirección de procesos judiciales en los órdenes civil y penal.
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Más de 15 años de experiencia profesional en contratación con la Administración Pública. Se encarga de la defensa de los intereses de empresas ante la Administración.
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Abogado especializado en el asesoramiento de puertos y entidades deportivas, con más de 10 años de experiencia en la materia.
Ver perfilDepende del puerto. En los puertos de la Junta, como Puerto Banús, Sotogrande, Estepona o Almerimar, la otorga la Agencia Pública de Puertos de Andalucía conforme a la Ley 21/2007. En los puertos de interés general, como Málaga, Almería o Motril, la otorga su Autoridad Portuaria conforme al Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
Hasta 50 años, sumando las prórrogas. Lo fija el artículo 24 de la Ley 21/2007 de puertos de Andalucía, en la redacción de la Ley 2/2020, vigente desde el 20 de noviembre de 2020. De forma excepcional, las concesiones de interés estratégico o relevante pueden llegar a 75 años.
Solo si es un puerto deportivo o una zona náutico-deportiva de interés estratégico o relevante. Además tienes que comprometerte a una inversión o aportación de más del 20 % del valor actualizado de las instalaciones. La inversión se ejecuta en cuatro años, o en seis si el concesionario es un club náutico u otra entidad deportiva sin ánimo de lucro.
Antes del inicio del penúltimo año de la concesión y después de haber cumplido al menos un tercio del plazo inicial. Además tienes que estar al corriente de tus obligaciones con la Agencia Pública de Puertos de Andalucía.
Un patrimonio neto de al menos un millón de euros y una garantía provisional de 200.000 euros. También experiencia de al menos un año, dentro de los tres últimos, en la gestión de una instalación de más de 250 atraques o de más de 50.000 metros cuadrados de agua. Las ofertas se presentan hasta las 13:00 del 16 de noviembre de 2026.
No. Málaga es puerto de interés general del Estado y lo gestiona su Autoridad Portuaria. Sus concesiones, incluida la marina de megayates, siguen el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante. Admite una prórroga excepcional hasta 75 años en concesiones de interés estratégico o relevante.
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Cuéntanos en qué puerto está tu concesión, cuándo se otorgó y qué plazo te queda, o a qué concurso quieres presentarte. Te decimos qué ley se aplica y qué margen tienes.
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