
Arturo Sáez
Socio del despacho. Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid en 1987 y Máster en Tributación y Asesoría Fiscal por el Centro de Estudios Financieros.
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Concesiones portuarias en Mallorca
Palma y Alcúdia son puertos del Estado y siguen la ley estatal. Andratx, Sóller, Pollença, Port Adriano o Puerto Portals dependen de Ports IB y de la Ley 10/2005, reformada en 2026. Plazo, prórroga y amarre cambian según el puerto.
Conoce el plazo real de tu concesiónPrimera consulta sin compromiso.
La Autoridad Portuaria de Baleares gestiona los puertos de Palma y Alcúdia con el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante (TRLPEMM). Dentro de ellos están concesiones como el Real Club Náutico de Palma, el Club de Mar o Alcudiamar. El resto de puertos y dársenas de la isla dependen de Ports de les Illes Balears y de la Ley 10/2005.
Ports IB gestiona unos puertos directamente, como Sóller o Colònia de Sant Jordi, y tiene otros en concesión, como Port Adriano, Puerto Portals o los clubes náuticos de Palmanova y Santa Ponça. En Andratx, Pollença, Porto Cristo, Portocolom, Cala Rajada o Portopetro conviven las dos cosas: una zona de gestión directa y un club o una marina concesionarios.
Palma y Alcúdia. Concesiones de hasta 50 años, con prórroga excepcional hasta 75 en concesiones de interés estratégico o relevante y con informe vinculante de Puertos del Estado.
Port Adriano, Puerto Portals, Cala d'Or y los clubes náuticos de sus puertos. Desde la Ley 3/2026, hasta 50 años con las prórrogas incluidas y sin vía excepcional.
Andratx, Sóller, Pollença, Cala Rajada, Portocolom o Colònia de Sant Jordi. El amarre en base se ocupa con una autorización temporal de hasta cuatro años.
En Palma y Alcúdia las concesiones duran como máximo 50 años, según el artículo 82.1 del TRLPEMM. La prórroga no prevista en el título exige invertir más del 20 % del valor actualizado de la inversión prevista en él. La vía hasta 75 años pide además interés estratégico o relevante.
| Cuestión | Palma y Alcúdia | Puertos de Ports IB |
|---|---|---|
| Norma | TRLPEMM (Real Decreto Legislativo 2/2011) | Ley 10/2005, reformada por la Ley 3/2026 |
| Quién otorga | Autoridad Portuaria de Baleares | Ports de les Illes Balears |
| Plazo máximo | 50 años (art. 82.1) | 50 años con prórrogas (art. 73) |
| Prórroga no prevista en el título | Inversión de más del 20 % del valor actualizado de la inversión prevista en el título (art. 82.2.b) | Inversión adicional de más del 20 % del valor actualizado de la inversión inicial (art. 73.3) |
| Vía hasta 75 años | Interés estratégico o relevante, inversión o contribución de más del 50 % e informe vinculante de Puertos del Estado (art. 82.2.c) | No existe |
Un caso público en el puerto de Palma: en noviembre de 2025 el Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears reconoció al Real Club Náutico de Palma el derecho a la ampliación de plazos y la prórroga que había solicitado, en los términos acordados con la Autoridad Portuaria en marzo de 2019. En junio de 2026 el consejo de administración de la Autoridad Portuaria aprobó esa prórroga.
Desde el 31 de mayo de 2026, con la Ley 3/2026, una concesión de Ports IB es improrrogable salvo que el título lo prevea o que el concesionario haga una inversión adicional superior al 20 % del valor actualizado de la inicial.
En la prórroga por inversión, cada prórroga no puede superar la mitad del plazo inicial y todas juntas una vez y media ese plazo. El total no pasa de 50 años. Hay que haber cumplido un tercio del plazo de vigencia, salvo circunstancias excepcionales que aprecie Ports IB. Lo explicamos en nuestro análisis de la Ley de Puertos de Baleares 2026 y el límite de 50 años.
La Ley 3/2026 abre a los clubes náuticos la competencia de proyectos o la adjudicación directa, según sus atraques y su utilidad pública. En Andratx, Ports IB desistió del concurso y tramita la adjudicación directa al Club de Vela.
La reforma no tiene disposición transitoria sobre el plazo de las concesiones ya otorgadas. Cada título se lee con su fecha, las prórrogas consumidas y la inversión pendiente de amortizar.
En los puertos que Ports IB gestiona directamente, el amarre en base se ocupa con una autorización temporal, personal e intransferible, de hasta cuatro años (art. 69 de la Ley 10/2005). No es una concesión y se otorga en precario (art. 70.2 del Decreto 11/2011).
| Cuestión | Lo que dice la norma |
|---|---|
| Duración | La que fije el título, como máximo cuatro años (art. 69.3 de la Ley 10/2005) |
| Renovación | Derecho preferente si estás al corriente de las tasas y mantienes las condiciones (art. 70.3 del Decreto 11/2011) |
| Transmisión | Una sola vez por fallecimiento, por un máximo de dos años (art. 69.2 de la Ley 10/2005) |
| Caducidad | Falta de uso durante un año sin justa causa, impago de la tasa en vía de apremio o cambio no autorizado de embarcación o de titular (art. 74 del Decreto 11/2011) |
| Vacantes | Se asignan por las características de la embarcación, la residencia en la isla y el orden de solicitud (art. 67 del Decreto 11/2011) |
Ports IB tiene abierta hasta el 31 de diciembre de 2026 la renovación de los amarres que vencen ese día en Colònia de Sant Jordi, es Barcarès, Pollença, s'Oberta y Valldemossa. Lo contamos en la renovación de amarres de Ports IB en Mallorca.
Revisa tu autorización antes de que venzaPalma y Alcúdia son puertos de interés general del Estado y se rigen por el TRLPEMM. Los demás dependen de Ports IB y de la Ley 10/2005, en gestión directa o en concesión. El régimen de todas las islas está en nuestra página de abogados de puertos deportivos en Baleares. También asesoramos a concesionarios en Ibiza y Formentera.
Nuestro socio director, Arturo Sáez, es Secretario General de la Federación Española de Asociaciones de Puertos Deportivos y Turísticos y preside su Comisión de Puertos Deportivos de competencia estatal.
El equipo combina el departamento jurídico, especializado en concesiones administrativas y contratación pública, con el departamento fiscal, que trabaja la tributación específica del dominio público portuario.

Socio del despacho. Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid en 1987 y Máster en Tributación y Asesoría Fiscal por el Centro de Estudios Financieros.
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Responsable del departamento fiscal. Dilatada experiencia en asesoramiento fiscal y contable a empresas de todos los sectores, especialmente empresas familiares y holding.
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Director del departamento jurídico y especialista en concesiones administrativas, contratación pública y puertos deportivos. Más de 18 años de experiencia en la materia.
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Abogado especializado en derecho penal con más de 15 años de experiencia. Se encarga de la dirección de procesos judiciales en los órdenes civil y penal.
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Más de 15 años de experiencia profesional en contratación con la Administración Pública. Se encarga de la defensa de los intereses de empresas ante la Administración.
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Abogado especializado en el asesoramiento de puertos y entidades deportivas, con más de 10 años de experiencia en la materia.
Ver perfilDepende del puerto. En Palma y Alcúdia la otorga la Autoridad Portuaria de Baleares, conforme a la ley estatal de puertos. En Andratx, Sóller, Pollença, Port Adriano, Puerto Portals o Cala d'Or la otorga Ports de les Illes Balears, conforme a la Ley 10/2005.
Hasta 50 años, sumando las prórrogas, porque son concesiones de Ports IB. Lo fija el artículo 73 de la Ley 10/2005, en la redacción de la Ley 3/2026, vigente desde el 31 de mayo de 2026. En los puertos autonómicos no existe la prórroga excepcional hasta 75 años.
No. Palma y Alcúdia son puertos de interés general del Estado y los gestiona la Autoridad Portuaria de Baleares. Sus concesiones siguen el TRLPEMM, con un máximo de 50 años y una prórroga excepcional hasta 75 en concesiones de interés estratégico o relevante.
La que fije el título, como máximo cuatro años. La autorización es personal e intransferible, según el artículo 69 de la Ley 10/2005 de puertos de las Illes Balears, y se otorga en precario.
Pierdes la preferencia sobre tu amarre y tienes que retirar la embarcación. La renovación se pide antes del vencimiento y estando al corriente de las tasas. En la campaña de 2026, Ports IB admite solicitudes hasta el 31 de diciembre.
Sí, en los puertos de Ports IB. La Ley 3/2026 prevé la competencia de proyectos o la adjudicación directa, según los atraques que el club reserve a esloras pequeñas y su declaración de utilidad pública. Ports IB ha abierto esa vía para el Club de Vela del Puerto de Andratx.
Contacto
Cuéntanos en qué puerto de la isla está tu concesión o tu amarre, cuándo se otorgó y cuándo vence. Te decimos qué ley se aplica y qué margen tienes.
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