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La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, también llamada Ley de Contratos del Sector Público (en adelante, LCSP) ha sido objeto de modificación por la D.F.27ª de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2023 (Ley 31/2022, de 23 de diciembre, publicada en el B.O.E. de 24 de diciembre de 2022).

En un artículo previo, comentamos ya la nueva redacción dada al párrafo primero de la letra d) del artículo 71.1 LCSP sobre las prohibiciones de contratar.

En este artículo, queremos destacar otras modificaciones del articulado de la LCSP:

  • Se ha añadido un inciso final al último párrafo del artículo 29.4 LCSP, relativo al plazo de duración de los contratos y de ejecución de la prestación.
  • Se ha modificado el apartado 2 del artículo 69 sobre las Uniones de Empresarios, en el sentido de remitirse, cuando se aprecien indicios de colusión, a la aplicación del procedimiento previsto en el artículo 150.1 (sobre Clasificación de las ofertas y adjudicación del contrato), el cual también ha sido objeto de modificación para desarrollar la tramitación de dicho procedimiento.
  • Se ha dado una nueva redacción al artículo 80 LCSP, sobre los acuerdos o decisiones de clasificación: competencia, eficacia, recurso y clasificaciones divergentes.
  • Se ha dado también una nueva redacción al artículo 88, apartado 1 letra a) y a su apartado 3, sobre el requisito y acreditación de la solvencia técnica en los contratos de obras.
  • El artículo 168 sobre los supuestos en que aplica el procedimiento negociado sin publicidad ha sido también objeto de una nueva redacción en su apartado a) 2º.
  • Se ha dado nueva redacción a los apartados 3 y 6 del artículo 229 sobre el régimen general de la contratación centralizada en el ámbito estatal.
  • En relación con los órganos consultivos del Comité de Cooperación en materia de contratación pública, la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación, y la Oficina Nacional de Evaluación, también han sido objeto de nueva redacción sus respectivos artículos 329.2, 332.2 y 333.3 y 5.
  • La D.A.3ª sobre las normas específicas de contratación de las Entidades Locales ha sido objeto de nueva redacción en su apartado 3.

Finalmente, no podemos dejar de mencionar en esta recopilación, otras disposiciones que también, recientemente, han afectado a la contratación pública:

  • La Orden HFP/1355/2022, de 28 de diciembre, sobre los índices de precios de la mano de obra y materiales, sobre los índices de precios de los materiales específicos de suministros de fabricación de armamento y equipamiento, así como sobre los índices de precios de componentes de transporte de viajeros por carretera, para el segundo trimestre de 2022, aplicables a la revisión de precios de contratos de las Administraciones Públicas. De ella dimos cuenta en este artículo.

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